Por Veeduría Nacional de Control Social a la Gestión Pública | Junio 2026
El pasado 9 de junio de 2026, el Consejo Nacional de Política Económica y Social aprobó el CONPES 4198, la nueva Política Nacional de Discapacidad 2026–2035, presentada por el Departamento Nacional de Planeación como la apuesta más grande del Estado colombiano para garantizar derechos a cerca de 3 millones de personas en condición de discapacidad. Esta política no es solo un documento técnico: es un compromiso jurídico y presupuestal que la ciudadanía tiene el derecho y el deber de vigilar.
Una inversión histórica que debe rastrearse
La estrategia contempla una inversión indicativa de $5,66 billones durante la próxima década y busca beneficiar aproximadamente al 4% de la población colombiana mediante la ejecución de 119 acciones sectoriales, que serán implementadas por más de 15 entidades del orden nacional.
Para el período 2026–2029, el Gobierno priorizó una Declaratoria de Importancia Estratégica que asegura una inversión inicial de $274 mil millones. Estos recursos públicos exigen trazabilidad, rendición de cuentas y vigilancia ciudadana efectiva.
Los cuatro ejes que deben monitorearse
El Plan de Acción y Seguimiento del CONPES 4198 se estructura alrededor de cuatro objetivos estratégicos:
El primero busca fortalecer la oferta de bienes y servicios públicos para las personas con discapacidad, incluyendo programas de salud mental comunitaria, educación inclusiva, vivienda accesible y atención especializada para víctimas con discapacidad. El segundo eje está enfocado en ampliar la accesibilidad física, comunicacional y digital en diferentes ámbitos de la vida cotidiana. El tercero apunta a fortalecer la autonomía económica mediante mayores oportunidades de empleo e inclusión productiva. El cuarto busca robustecer la gobernanza del Sistema Nacional de Discapacidad y garantizar mecanismos efectivos de participación.
La brecha laboral: el reto más urgente
Uno de los diagnósticos más alarmantes que sustenta esta política es la exclusión del mercado de trabajo. Según cifras del DANE para 2025, apenas el 21% de las personas con discapacidad tiene empleo en Colombia, frente al 59,8% de quienes no presentan ninguna discapacidad — una brecha de 38,9 puntos porcentuales.
Para enfrentar este problema, el tercer objetivo estratégico articula la Ley 2466 de 2025 — que establece la obligación para las empresas privadas de contratar personas con discapacidad — con los incentivos en contratación pública del Decreto 533 de 2024. Desde el control social, será fundamental verificar que estas normas se apliquen efectivamente en los territorios.
Acciones concretas que deben exigirse a las entidades
Entre las acciones más representativas se encuentran la campaña nacional sobre capacidad jurídica y protocolos de acceso a la justicia del Ministerio de Justicia y del Derecho; el fortalecimiento de la atención primaria en salud y la ampliación de la certificación de discapacidad del Ministerio de Salud; el Programa Nacional de Inclusión en Educación Superior del Ministerio de Educación; los lineamientos de accesibilidad y ajustes razonables en el empleo del Ministerio del Trabajo; y los protocolos de accesibilidad multimodal del Ministerio de Transporte.
Cada una de estas acciones tiene un responsable institucional identificado. Eso significa que los ciudadanos, las organizaciones de personas con discapacidad y los organismos de control social pueden formular derechos de petición, solicitar informes de avance y activar mecanismos de rendición de cuentas.
Educación superior: una deuda histórica
El documento reconoce explícitamente que en la educación superior persisten barreras de acceso, permanencia y promoción, y que el sistema educativo colombiano aún es ineficaz para garantizar trayectorias completas para estudiantes con discapacidad. Esto incluye fallas en ajustes razonables, apoyos, accesibilidad, formación docente y articulación entre niveles educativos. Para quienes estudian en universidades públicas o privadas, esta política les abre nuevas herramientas jurídicas.
El observatorio: un instrumento de vigilancia que la ciudadanía debe apropiar
Se pondrá en funcionamiento el nuevo Observatorio Nacional de Inclusión Social y Productiva para Personas con Discapacidad, que tendrá la tarea de consolidar información actualizada para apoyar la toma de decisiones y monitorear los resultados de la política durante la próxima década.
Este observatorio no debe ser solo una herramienta gubernamental. Las veedurías ciudadanas, las organizaciones de base y las redes territoriales deben apropiarse de sus datos para contrastarlos con la realidad de sus comunidades.
El seguimiento: una obligación que la política reconoce
El seguimiento de la implementación estará a cargo de Planeación Nacional y del Ministerio de Igualdad y Equidad, y las entidades deberán presentar informes públicos anuales sobre el avance de las acciones previstas.
Esos informes serán públicos. Desde el control social, el deber es leerlos, analizarlos y confrontarlos con lo que ocurre en cada municipio. Un CONPES aprobado sin seguimiento ciudadano es apenas papel.
Lo que debe hacer la ciudadanía ahora
La aprobación del CONPES 4198 abre un ciclo de obligaciones institucionales que pueden y deben ser vigiladas. Desde las veedurías ciudadanas y los organismos de control social recomendamos:
1. Consultar el documento oficial en el portal del DNP y conocer las 119 acciones del Plan de Acción y Seguimiento.
2. Identificar cuáles entidades tienen responsabilidades en su municipio o departamento y solicitar información sobre su implementación mediante derechos de petición.
3. Articularse con las organizaciones de personas con discapacidad del territorio para hacer seguimiento conjunto.
4. Monitorear los informes anuales que el Gobierno está obligado a publicar a partir de 2027.
5. Activar mecanismos de control social ante el incumplimiento: quejas ante la Procuraduría, peticiones a la Contraloría, o acciones populares cuando corresponda.
Información de: https://www.dnp.gov.co/Prensa_/Noticias/Paginas/inversion-billones-gobierno-politica-conpes-discapacidad.aspx
Documento CONPES Discapacidad https://colaboracion.dnp.gov.co/CDT/Conpes/Econ%C3%B3micos/4198.pdf
